GESTIÓN DEL SUELO
Comparte información basada en las actividades de Gestión del Suelo; en específico información territorial del Estado de Puebla que tiene que ver con el ordenamiento ecológico, reservas territoriales y diferentes trámites en materia de gestión de usos de suelo.

DATOS
RESERVA TERRITORIAL
Con la finalidad de lograr la regulación territorial de municipios conurbados principalmente en la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Quetzalcóatl se crea el Programa Subregional de Desarrollo Urbano para los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula.
Este instrumento de planeación indica que la Reserva Territorial cuenta con una superficie de 1,081 hectáreas y se comprende de los ejidos de La Trinidad Chautenco, San Andrés Cholula, San Bernardino Tlaxcalancingo y Santiago Momoxpan y los municipios de Cuautlancingo Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula.
Este mapa muestra la clasificación de usos de suelo de las Reservas Territoriales de Atlixcáyotl y Quetzalcóatl.
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN
Programa Subregional de Desarrollo Urbano para los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula (Publicado en el Periódico Oficial el 9 de agosto de 1994).
Modificación Parcial del Programa Subregional de Desarrollo Urbano para los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. Publicado el Periódico Oficial del Estado el 3 de marzo de 2011 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el 2 de abril del 2011.

Diseñado con fines informativos.


DATOS
FACTIBILIDAD DE USO DE SUELO, DERECHOS DE PREFERENCIA Y DICTAMEN EN USO DE SUELO
¿En qué consiste cada trámite?
Factibilidad de Uso de Suelo:Coadyuva en el ordenamiento, regulación y control del crecimiento de los centros de población y de las actividades económicas en los municipios que carezcan de programa de desarrollo urbano sustentable en el Estado.
Derechos de Preferencia: Permiten que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.
Constancias de no Afectación:Dan seguridad jurídica a las personas interesadas que pretendan adquirir un inmueble, de que no se encuentra afectado por la ejecución de algún proyecto del Gobierno del Estado.
Este mapa muestra los municipios donde se han emitido dichos tramites de Agosto 2019 al 2020 diseñado para fines informativos.
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN
Base de Datos de la SMADSOT

Diseñado con fines informativos.


DATOS
El convenio de coordinación marca el inicio formal del Programa de Ordenamiento Ecológico, permite a las partes establecer acciones conjuntas y coordinadas del cual se desprenden estas modalidades:
Convenio con Federación, Estado y Municipio:Para un municipio que cuente con área natural protegida competencia de la Federación, el programa debe incluir un convenio con los gobiernos federal, estatal y municipal.
Convenio con Estado y Municipio: Para un municipio que no cuente con un área natural protegida competencia de la Federación, el programa debe incluir un convenio con los gobiernos estatal y municipal.
En el mapa se muestran los diferentes convenios a realizarse descritos anteriormente para la elaboración de los Programas de Ordenamiento Ecológico.
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN
Diario Oficial de la Federación
Periódico Oficial del Estado de Puebla

Diseñado con fines informativos.


DATOS
El Ordenamiento Ecológico se define como el instrumento de política ambiental que establece el proceso de planeación dirigido a programar el óptimo manejo de los recursos naturales en el territorio estatal, para regular e inducir el uso de suelo con base en su vocación natural y las actividades productivas a través de la aplicación de políticas y criterios para proteger, preservar, conservar, restaurar y aprovechar sustentablemente los recursos naturales.
El mapa indica los Programas de Ordenamiento Ecológico en el Estado de Puebla.
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN
Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA).
Periódico Oficial del Estado de Puebla.
Diario Oficial de la Federación

Diseñado con fines informativos.