Actualización del Programa Subregional de Desarrollo Urbano de los Municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. |
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SINTESIS EJECUTIVA (VERSIÓN SINTETIZADA) |
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Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla con fecha 19 de febrero de 2024. |
MAPAS |
DATOS | |
RESERVA TERRITORIAL | |
Con la finalidad de lograr la regulación territorial de municipios conurbados principalmente en la Reserva Territorial Atlixcáyotl-Quetzalcóatl se crea el Programa Subregional de Desarrollo Urbano para los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. | |
Este instrumento de planeación indica que la Reserva Territorial cuenta con una superficie de 1,081 hectáreas y se comprende de los ejidos de La Trinidad Chautenco, San Andrés Cholula, San Bernardino Tlaxcalancingo y Santiago Momoxpan y los municipios de Cuautlancingo Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. | |
Este mapa muestra la clasificación de usos de suelo de las Reservas Territoriales de Atlixcáyotl y Quetzalcóatl. | |
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN | |
Programa Subregional de Desarrollo Urbano para los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula (Publicado en el Periódico Oficial el 9 de agosto de 1994). | |
Modificación Parcial del Programa Subregional de Desarrollo Urbano para los municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. Publicado el Periódico Oficial del Estado el 3 de marzo de 2011 e inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio el 2 de abril del 2011. |
DATOS | |||
FACTIBILIDAD DE USO DE SUELO, DERECHOS DE PREFERENCIA Y DICTAMEN EN USO DE SUELO | |||
¿En qué consiste cada trámite? | |||
Factibilidad de Uso de Suelo: | Coadyuva en el ordenamiento, regulación y control del crecimiento de los centros de población y de las actividades económicas en los municipios que carezcan de programa de desarrollo urbano sustentable en el Estado. | ||
Derechos de Preferencia: | Permiten que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado. | ||
Constancias de no Afectación: | Dan seguridad jurídica a las personas interesadas que pretendan adquirir un inmueble, de que no se encuentra afectado por la ejecución de algún proyecto del Gobierno del Estado. | ||
Este mapa muestra los municipios donde se han emitido dichos tramites de Agosto 2019 al 2020 diseñado para fines informativos. | |||
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN | |||
Base de Datos de la SMADSOT |
DATOS | |||
El convenio de coordinación marca el inicio formal del Programa de Ordenamiento Ecológico, permite a las partes establecer acciones conjuntas y coordinadas del cual se desprenden estas modalidades: | |||
Convenio con Federación, Estado y Municipio: | Para un municipio que cuente con área natural protegida competencia de la Federación, el programa debe incluir un convenio con los gobiernos federal, estatal y municipal. | ||
Convenio con Estado y Municipio: | Para un municipio que no cuente con un área natural protegida competencia de la Federación, el programa debe incluir un convenio con los gobiernos estatal y municipal. | ||
En el mapa se muestran los diferentes convenios a realizarse descritos anteriormente para la elaboración de los Programas de Ordenamiento Ecológico. | |||
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN | |||
Diario Oficial de la Federación Periódico Oficial del Estado de Puebla |
DATOS | |||
El Ordenamiento Ecológico se define como el instrumento de política ambiental que establece el proceso de planeación dirigido a programar el óptimo manejo de los recursos naturales en el territorio estatal, para regular e inducir el uso de suelo con base en su vocación natural y las actividades productivas a través de la aplicación de políticas y criterios para proteger, preservar, conservar, restaurar y aprovechar sustentablemente los recursos naturales. | |||
El mapa indica los Programas de Ordenamiento Ecológico en el Estado de Puebla. | |||
FUENTE DE LA CAPA DE INFORMACIÓN | |||
Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Periódico Oficial del Estado de Puebla. Diario Oficial de la Federación |