CONSIDERANDOS

PRIMERO.- Que la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, establece en su artículo 36 que para lograr una eficaz gobernanza metropolitana se establecerán los mecanismos y los instrumentos de carácter obligatorio que aseguren la acción coordinada institucional de los tres órdenes de gobierno y la participación de la sociedad.

SEGUNDO.- Que de acuerdo al artículo 1 fracción V de Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, se promoverá la participación ciudadana en los procesos de planeación y gestión del territorio con base en el acceso a información transparente, completa y oportuna, así como la creación de espacios e instrumentos que garanticen la corresponsabilidad con el gobierno y la ciudadanía en la formulación, seguimiento y evaluación pública en la materia.

TERCERO.- Que el pasado 05 de agosto del año 2021, se firmó el Convenio de Coordinación para Impulsar la Gobernanza Metropolitana en la Zona Metropolitana de Teziutlán, el cual tiene como finalidad el establecer vínculos de comunicación para implementar acciones para el desarrollo integral y sostenible mediante la constitución, integración, instalación, operación y funcionamiento de las instancias de gobernanza.

De igual forma, se instaló la Comisión de Ordenamiento Metropolitano de la Zona Metropolitana de Teziutlán integrada por representantes de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Estado de Puebla, y los municipios de Teziutlán y Chignautla.

CUARTO.- Que la cláusula primera inciso b) del Convenio refiere que el Consejo Consultivo de Desarrollo Metropolitano tendrá por objeto realizar la evaluación y seguimiento del cumplimiento de los programas metropolitanos y promover los procesos de consulta pública e interinstitucional en las diversas fases de la formulación, aprobación, ejecución, evaluación y cumplimiento que se consideren viables y sustentables.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Ordenamiento de la Zona Metropolitana de Teziutlán, en atención a sus atribuciones, emiten la siguiente:

CONVOCATORIA

A toda persona interesada en el desarrollo metropolitano de la zona metropolitana de Teziutlán pertenecientes a organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, colegios de profesionistas, instituciones académicas, organizaciones no gubernamentales y experta en la materia, para que por este medio reúna los requisitos de participación como miembro del Consejo Consultivo de Desarrollo Metropolitano.

Este estará conformado con perspectiva de género por representantes de la ciudadanía en general y por los tres órdenes de gobierno, cumpliendo con los siguientes:

REQUISITOS

I. Escrito libre mediante el cual la persona que se postula exponga en un máximo de una cuartilla su desempeño en tareas sociales, profesionales, académicas, empresariales o culturales que denoten participación ciudadana, compromiso en asuntos sociales y/o comunitarios, o bien, conocimientos en materias relacionadas con la coordinación metropolitana, los servicios o funciones públicas municipales, la planeación urbana, el medio ambiente, el desarrollo sustentable, o cualquier disciplina que implique una aportación a la política metropolitana, sustentado con copias simples de las constancias que demuestren los fines, características y periodo de las tareas realizadas.

II. Copia de identificación oficial con fotografía. (Credencial para votar, Pasaporte, Licencia de Conducir)

III. Comprobante de ser ciudadano (a) mexicano (a) en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, para lo cual deberá presentar acta de nacimiento en original.

IV. Comprobante de domicilio actual en original y copia no mayor a 3 meses de antigüedad.

V. Ser avecindado(a) de los municipios de Teziutlán o Chignautla, con una residencia mínima de tres años; para lo cual deberá presentar el certificado original emitido por la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento del municipio correspondiente, de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 138 fracción XIV de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla.

VI. No haber sido condenado (a) por delito doloso, para lo cual deberá presentar original de la constancia de no antecedentes penales, expedida por la autoridad competente en un término no mayor a 30 días naturales.
https://www.fiscalia.puebla.gob.mx/index.php/tramites-yservicios/tramites/constancia-de-no-antecedentes-penales

VII. Presentar Curriculum Profesional de máximo dos cuartillas, firmado por la o el postulante en donde se de fe de su experiencia profesional, incluyendo copia simple de los documentos que lo soporten, así como los datos de contacto (dirección, teléfono y correo electrónico).

VIII. Escrito bajo protesta de decir verdad, en donde la o el postulante manifieste no estar bajo ninguno de los supuestos de incompatibilidad establecidos en el apartado de impedimentos de la presente convocatoria.

IMPEDIMENTOS

No podrán participar en la elección para integrar el Consejo Consultivo de Desarrollo Metropolitano de la Zona Metropolitana de Teziutlán, las o los postulantes en cualquiera de los siguientes considerandos:

1. Sean servidoras o servidores públicos federales, estatales o municipales en funciones.
2. Sean ministros de culto religioso.
3. Sean integrante de las fuerzas armadas o corporaciones de policía.
4. Sean miembro de las dirigencias federales, estatales o municipales de algún instituto político o agrupaciones políticas.
5. Existan en conflicto de intereses con cualquier orden de gobierno derivado de la atención, tramitación o resolución de asuntos propios o por razón de su profesión o empresa.
6. Tengan intereses en el mercado especulativo del suelo.
7. Tengan litigio pendiente con cualquiera de los órdenes de gobierno.
8. En caso de haber ocupado un cargo público anterior a la presente convocatoria, no haber sido inhabilitado.

Únicamente se aceptarán los expedientes completos conforme a la presente convocatoria. La comisión se reserva la facultad de verificar la información aportada en las postulaciones. En el uso de esa facultad de detectarse falsedad, omisión o incongruencias en la documentación entregada, la misma postulación será descalificada.

PLAZOS

Los postulantes contaran con el plazo establecido del día 12 de Octubre al 26 de Noviembre del año en curso, presentando su documentación a través de la siguiente liga.

http://dduia.puebla.gob.mx/Metropolitano/COCODEME/zmtz/postulartz.php

PROCESO DE ELECCIÓN

Una vez recibida la documentación, la Comisión de Ordenamiento Metropolitano de la Zona Metropolitana de Teziutlán se apegará a los principios de confidencialidad en donde se buscará destacar los conocimientos, trayectoria, interés y aportaciones que el postulante manifieste.

Durante la evaluación, la Comisión se reserva el derecho de convocar una entrevista con el postulante para efectos de conocer a fondo los intereses y/o aportaciones. En un término, no mayor a 10 días, la Comisión resolverá en cuanto a la efectiva participación de ingreso de las y los postulantes.

Esta será notificada al postulante en los días siguientes a la determinación.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Cualquier situación no prevista en la presente convocatoria será resuelta a través de la Comisión de Ordenamiento Metropolitano.

SEGUNDO.- Para mayor información comunicarse a los teléfonos

• Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Dirección de Desarrollo Urbano e Impacto Ambiental

Teléfono 222 273 6800 ext. 1149